RESPONSABILIDAD SOCIAL EL NUEVO MODELO DE NEGOCIO - Viteri
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RESPONSABILIDAD SOCIAL EL NUEVO MODELO DE NEGOCIO

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¿BUSCA INNOVACIÓN EN SU EMPRESA?

RESPONSABILIDAD SOCIAL EL NUEVO MODELO DE NEGOCIO

En Colombia hoy en día cada vez más son las personas que están interesadas, en el emprendimiento y en la creación de nuevas empresas para alejarse de la monotonía de los trabajos que conllevan más de 10 horas de nuestras vidas entre extenuantes recorridos y peligrosas posturas frente a los computadores y escritorios de las empresas. Esta necesidad conlleva a la creación de Nuevas empresas y a la competencia en un mercado empresarial en el que los que confluyen se plantean desesperadamente formas e ideas atractivas las cuales puedan lograr su desarrollo y así poder consolidar económicamente su compañía.

Pese al deseo emprendedor recién descrito, la falta de creatividad de las empresas, no solo las nuevas sino también de aquellas que llevan trayectoria en el mercado, es bastante grave; pues la cosmovisión de dinero fácil y rápido eso un lastre que aún cargamos. A causa de esta falta de creatividad ha venido desarrollándose e importándose un concepto fundamental en los negocios denominados Responsabilidad Social Empresarial principalmente desarrollado en Norte América, en Alemania y en el Reino Unido.

Desde hace algún tiempo la Responsabilidad Social Empresarial (en adelante la RSE) ha sido un tema de gran renombre en el mundo pero del cual no tenemos el suficiente conocimiento.  La RSE es el deber que tienen las empresas de jugar un rol protagónico y pro activo al interior de la sociedad donde se desenvuelven incluyendo así principalmente el resarcimiento del impacto negativo que generan en esta, las acciones encaminadas a resolver las necesidades sociales y medioambientales, se caracteriza principalmente por ser un gesto de carácter ajeno al ánimo de lucro característico de los empresarios y comerciantes, generado en parte por el Gobierno al otorgar ciertos beneficios económicos y tributarios.   En Colombia aunque el tema no ha tenido un gran progreso, ha sido desarrollado en la Constitución Política en su artículo 58 el cual dice «… La propiedad es una función social que implica obligaciones…» sumado al concepto de empresa como unidad económica por la cual a través del trabajo y la satisfacción de las necesidades que demanda una comunidad se desarrolla la persona y la sociedad. Es así como nuestra constitución reconoce una obligación adicional para los empresarios colombianos, no es un tema de garantías mínimas ofrecidas a sus trabajadores y/o generadores de empleos, sino llegar a ser más proactivo frente a otras necesidades que afronta una sociedad, como lo puede ser generar conciencia en sus trabajadores y clientes respecto del medio ambiente y la necesidad de aprovechar los recursos al máximo. Aunque en la Carta Política establece que esta función social a la cual llamamos Responsabilidad Social Empresarial, genera obligaciones, resulta contradictorio que la única norma que regula el tema, esto es, la Guía 180 Técnica Colombiana (GTC) de Responsabilidad Social emitida por el ICONTEC, sea de carácter voluntario y no sigue el lineamento de nuestra Constitución que les impone ciertas obligaciones de carácter social. La mencionada guía brinda las directrices para establecer e implementar la Responsabilidad Social en las empresas Colombianas sin discriminación de tamaño, capital, razón social o sector al que pertenece además se encuentra orientada en principios como respeto a la dignidad humana, responsabilidad legal, a la autorregulación ética, la participación, la solidaridad y el desarrollo humano integral.

La Corte Constitucional en Sentencia T-247 de 2010 realiza el primer análisis sobre el tema en el cual dice:

«los programas de responsabilidad social responden a la necesidad de que la empresa, en cuanto sujeto que actúa al interior de la sociedad, sea partícipe del desarrollo y promotor del bienestar del sujeto colectivo en que se lleva a cabo su actividad. En otras palabras, al ser la empresa un actor que se involucra en una determinada comunidad; cuyas acciones pueden repercutir positiva y negativamente en dicha comunidad; cuyo poder se manifiesta en los aspectos financiero, político, social, ambiental, laboral, entre otros; y cuya capacidad de acción es de las mayores al interior de las comunidades en que se encuentra, surge una amplia variedad de posibilidades de acción con miras a que la empresa repercuta de manera positiva en la comunidad o comunidades en que desarrolla su actividad.  La responsabilidad social no consiste únicamente en ser consciente de dicha posibilidad, sino de asumirla con compromiso social, encaminando esfuerzos a que, en ejercicio de su capacidad de acción, parte de las actividades desarrolladas por las empresas tengan como objetivo principal la promoción del bienestar social de la comunidad. La responsabilidad social como principio de acción empresarial viene a complementar, y a enriquecer, el que hasta ahora había sido el núcleo teleológico de su actividad: el ánimo de lucro. La idea de que la empresa es uno de los principales actores dentro de una comunidad y de que su actividad debe ser un instrumento de mejora social, de protección al medio ambiente y de respeto de los derechos fundamentales, entre otros elementos de construcción social, ha animado la consolidación de principios que guían la construcción de parámetros de responsabilidad social para las empresas.»

De esta manera, se logra evidenciar que las empresas cumplen también un rol dentro de la sociedad, que estas no solo se limitan a las ganancias que acarrea su objeto mercantil sino a ser un sujeto activo en nuestra sociedad, este tipo de acciones puede ser generador bienestar a la comunidad que afecta directamente ó inculcando valores y comportamientos que ayuden a que seamos una mejor sociedad. Si realizamos un espectro de lo que la Corte Constitucional plantea, se observa una serie concordancias con la tesis del estadounidense Edward Freeman el cual es pionero en esta materia tema, estableciendo en sus cursos «Nuevos Modelos de Negocios en la Sociedad» que las empresas pueden tener un equilibrio entre ser socialmente responsables y recibir ganancias; bajo el entendido que para él los valores con el tiempo se han ido perdiendo en nuestra comunidad pero que las empresas pueden lograr inculcarlos por su posición, al ser empleador, vendedor y receptor de productos. Esta tesis, discrepa en el aspecto filantrópico respecto a Colombia, ya que aquí podemos ver que por generar un bienestar a ciertos grupos afectados por diversas circunstancias el Estado brinda beneficios económicos, como disminución de impuestos; Si bien no es el deber ser, si genera que más empresas se unan a este tipo de proyectos y se cumpla la función social que tienen las empresas como obligación, de esta forma se llega a un punto de equilibrio.
Vemos como esta serie de preocupaciones que empieza a resolver una empresa la convierten como un agente generador de confianza en la sociedad, modificando su simple rol de producir bienes o servicios para así promover bienestar y convertir a sus clientes esporádicos y trabajadores en los shareholders que serán el principal canal publicitario debido a la satisfacción recibida, generando así además de un bien común, fidelización y mayores ingresos.

La Responsabilidad Social Empresarial es la idea que todo empresario debe sembrar, si usted es uno, implante este proyecto en su empresa puesto que así se logra ayuda a la comunidad y al mismo tiempo beneficios para la empresa que puede hacer que la misma crezca y/o mejore, lo que ocasiona un beneficio en conjunto. No solo analice los impuestos que puede disminuir sino que aspectos negativos está ocasionando con su actividad económica y como puede resarcirlos, como puede inculcar valores y costumbres positivas que ayuden a que seamos una sociedad mejor.

 

Autor:  Paola Andrea Gómez Díaz – Abogada Universidad Santo Tomás

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